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sábado, 23 de enero de 2010

Sobre La pena de Muerte en Cuba Socialista

Una disposición arcaica: La pena de muerte
Cubamatinal/ Una abogada extranjera nos pregunta - desde la lejana Europa- sobre la pena de muerte la que, según sus palabras, constituye “una disposición arcaica”. Nos agrega que en su país (y en muchos otros del Viejo Continente y de otras latitudes), la pena de muerte ha sido proscrita y que su aplicación, en los cada vez menos países que aún la aplican, es vista como una reminiscencia antediluviana o de la época de los dinosaurios.
Por Wilfredo Vallín Almeida
La Habana, 21 de enero /PD/  Esa letrada nos pidió recibir nuestras opiniones por escrito y consideramos que esta era la mejor vía para responderle sobre esa realidad de nuestro país, así es que aquí le va (a ella y a todos los que les interese el tema), la respuesta de esta columna.
Con la motivación de marras, examinamos el actual código penal cubano y solo éste (Ley 62 modificada). De lo que “dice” esa herramienta del derecho positivo nacional, se sacaron las conclusiones que siguen a continuación.
En la Perla de Las Antillas, el código penal tiene 348 artículos, 18 de los cuales están sancionados con la pena capital.
De las 18 sanciones en extremo drásticas anteriores, 13 corresponden al Título I de dicho código en su Parte Especial, a saber, Delitos contra la Seguridad del Estado, título que incluye 37 artículos en total. Esto implica que el 35% de los artículos de ese Título están sancionados de la forma más fuerte posible, o sea, con la muerte.
Los restantes:
Artículo 263…………………………………………………….. Asesinato
Artículo 298 ……………………………………………………. Violación
Artículo 299 ...……………………………………………………. Pederastia con
Violencia.
Artículo 310 ……………………………………………………. Corrupción de Menores.
Artículo 327 ……………………………………………………. Robo con Violencia o Intimidación.
se diseminan entre otros 223 artículos, por lo que solo hacen apenas un 2.3% del total.
De creer fríamente en los números, la conclusión sería que la relación por excelencia que el legislador revolucionario consideró oportuno proteger a todo costo era la del Estado con aquellos ciudadanos que no lo quisiesen bien, y para ello era menester tener en alza permanente sobre sus cabezas la espada de Damócles del poder.
Pero por si nuestra colega europea no lo sabe, hace ya algunos meses el gobierno cubano informó que existía una “moratoria” sobre la aplicación de la pena de muerte. La última de tales ejecuciones transcurrió en circunstancias sumarísimas y ejemplarizantes que han sido en extremo cuestionadas… y lo siguen siendo.
Para nosotros el problema no termina aquí. Esa “moratoria” puede suspenderse en cualquier momento y dejar que la espada caiga. Por ello el problema está en eliminar, junto al mundo civilizado, esa terrible pena que, como bien dice nuestra amiga, es toda una “disposición arcaica”… y propia de los tiempos de Torquemada, añadimos nosotros.

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