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martes, 6 de septiembre de 2011

Cuba: Ley Mordaza o Liquidar la Oposición disidente!!

Cuba: Ley Mordaza « Jurisconsulto de Cuba

EL MOVIMIENTO BLOGGER, ESTA LLAMADO A SER EL CATALIZADOR MORAL DE LOS GOBIERNOS, ANTE LOS OJOS DEL MUNDO

Cuba: Ley Mordaza

Laritza Diversent

En la primera, de las dos sesiones anuales de la Asamblea Nacional, realizada en los días finales del pasado julio, la comisión parlamentaria de Relaciones Internacionales acordó encomendar a su homóloga de Asuntos Constitucionales y Jurídicos, una agravación de las medidas contenidas en la ley No. 88.

La Ley Mordaza, como se conoce internacionalmente esta disposición legal, fue puesta en vigor por la Asamblea Nacional el 16 de febrero de 1999, con el objetivo de proteger la independencia y economía de Cuba.

Los delitos previstos en esta ley, sanciona hechos que, según el gobierno cubano, están dirigidos a apoyar los objetivos de la Ley “Helms -Burton” y el bloqueo económico, quebrantar el orden interno y liquidar el Estado Socialista.

De forma general considera delito colaborar por cualquier vía con emisoras de radio o televisión, periódicos, revistas u otros medios de difusión foráneo y no se ostente la condición de reportero extranjero acreditado en la isla.

Igualmente considera una infracción acumular, reproducir, difundir materiales considerados por el gobierno cubano como subversivo o los introduzca en la isla, procedente de Estados Unidos o le proporcione a entidades privada o públicas de este país, cualquier tipo de información.

También sanciona promueva, organice, incite o perturbe el orden público o la ejecución de estos hechos, reciba o distribuya medios financieros, materiales o de otra índole, procedentes del país norteño o de un tercer Estado que colabore con él.

En 9 de sus 12 artículos, se recogen infracciones penales con sanciones de privación de libertad entre 2 y 15 años y/o multa de 3 mil a 250 mil pesos cubanos. La sanción puede aumentar

Hasta 20 años privación de libertad, si en los hechos participan dos o más personas; o se realiza mediante remuneración o cualquier beneficio o empleando medios ilícitos.

También se agrava la pena si perjudican las relaciones económicas del Estado cubano, o de entidades nacionales o extranjeras, tanto estatales como privadas o el Gobierno norteamericano, adoptan medidas contra estas o contra alguno de los dirigentes comunistas o sus familiares.

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